Bases y condiciones generales de la promoción
La promoción es válida para contratos firmados entre el 1/8/24 y el 30/6/25 cuyo monto garantizado sea igual o superior a $35.000.
Quedan excluidos de la promoción los contratos que, una vez vencido el plazo, sigan vigentes pero con plazo vencido.
Los contratos firmados con anterioridad al período de la promoción, pero que renueven entre el 01/08/24 y 30/6/25 se les aplicará el beneficio.
Los contratos firmados en el período referido e incluidos inicialmente en el beneficio de la promoción que sean modificados por acuerdo de partes y tengan una modificación del precio, quedando éste por debajo del monto establecido, perderán la exoneración de la prima de alquiler.
Los contratos firmados con anterioridad a la fecha de la promoción y que por efecto del reajuste queden en un importe igual o superior a $35.000, no recibirán el beneficio de la promoción.
Los contratos que estén incluidos en la promoción y cuyo arrendador cambie durante la vigencia de la promoción, continuarán con el beneficio de la misma.